Calendario implementación tacógrafos G2V2

Calendario implementación tacógrafos G2V2

En el marco del Paquete de Movilidad I adoptado en julio de 2020 por la Comisión Europea, y más concretamente en el Reglamento (UE)1054/2020, se establecen las fechas límite para la implementación de la versión 2 de tacógrafo inteligente (G2V2) a lo largo de los próximos años:

1.       Desde el pasado 21/08/2023, para todos los vehículos de nueva matriculación destinados al transporte por carretera de viajeros (> 9 pasajeros) o mercancías (MMA > 3.500 kg).

De igual modo, a partir de dicha fecha y en caso de que el dispositivo que equipa el vehículo sea digital inteligente versión 1 (G2V1), será obligatorio la instalación de tacógrafo G2V2 en caso de necesidad de sustitución de dicho dispositivo.

2.       Antes del 31/12/2024, para todos los vehículos matriculados (retrofit) equipados con tacógrafo analógico o digital no inteligente (primera generación) que operen en un estado miembro distinto de aquel en el que estén matriculados (transporte internacional).

3.       Antes del 21/08/2025, para todos los vehículos matriculados (retrofit) equipados con un tacógrafo digital inteligente primera versión que operen en un estado miembro distinto de aquel en el que estén matriculados (transporte internacional).

4.       A partir del 01/07/2026, para vehículos ligeros cuya MMA sea superior a 2.500 kg que operen en un estado miembro distinto de aquel en el que estén matriculados (transporte internacional).

Esta situación provocada por el cambio de normativa conllevará en los próximos meses un desafío para los fabricantes de tacógrafos, quienes tendrán que ajustar en la medida de lo posible su producción al incremento de demanda que se prevé.

Por ello consideramos crítico tener en sus previsiones una planificación que le permita anticiparse para limitar el riesgo, por un lado, de una eventual falta de disponibilidad de material, con los riesgos que ello pueda provocar en lo que a tiempos de paralización y espera de su vehículo se refiere, y por otro, de las consecuencias derivadas de la inobservancia en las obligaciones reglamentarias.

Si necesita ampliar esta información o tuviera alguna duda, por favor contacte con nosotros llamándonos al teléfono 954 997 640 o haciendo click aquí. Estaremos encantados de poder ayudarle.

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